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Informe de la representación legal de los trabajadores

Antes de empezar la formación, la empresa debe solicitar informe a la representación legal de los trabajadores, si existe, con la información que establece el Real Decreto. No hacerlo impide adquirir o mantener el derecho a la bonificación.

Qué hay que hacer

La empresa entrega a la representación legal la información del artículo 13 del Real Decreto 694/2017 sobre el plan formativo. La representación dispone de 15 días para emitir su informe y de otros 15 días para resolver discrepancias.

Si no hay representación legal

Si en la empresa no existe representación legal de los trabajadores, el trámite no resulta exigible en esos términos, pero conviene conservar constancia de que se informó a la plantilla.

Por qué importa

Es un requisito de procedimiento que forma parte de las obligaciones de la empresa. Su incumplimiento puede dar lugar a la pérdida de la bonificación, por lo que debe documentarse con fecha.

Buenas prácticas

  • Prepara el informe con tiempo suficiente antes de la primera comunicación de inicio.
  • Conserva la fecha de entrega y la respuesta.
  • Si hay discrepancias, registra cómo se resolvieron.

Un calendario práctico

Si prevés comenzar una formación en la primera semana de un mes, entrega el informe a la representación legal al menos con 30 días de antelación: 15 días para que informe y otros 15 para resolver discrepancias. Con ese margen cumples los plazos sin dejar la comunicación de inicio para el último momento. Es una recomendación prudente, no un requisito literal.

Cómo documentarlo

  • Entrega con acuse o por un medio que deje constancia de la fecha.
  • Conserva el informe y las alegaciones.
  • Anota la fecha en el expediente de cada grupo.

Términos clave de esta guía

Comunicación de inicio
Trámite en la aplicación de FUNDAE, hasta dos días antes del comienzo del grupo.
Representación legal de los trabajadores
Órgano que debe ser informado antes de iniciar la formación; dispone de 15 días para informar.

Preguntas frecuentes

¿Son 15 días hábiles?

El Real Decreto dice 15 días sin precisar; FUNDAE los describe como hábiles. Cuenta como hábiles para estar seguro.

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Siguiente paso

Haz números con la calculadora o consulta las cifras de tu tramo de plantilla. Para un caso concreto de tu empresa, pregunta a FUNDAE o a tu entidad organizadora.

Fuentes oficiales para contrastar

Web independiente, no oficial. Última revisión: 13/10/2026 (Revisado: 2026-10-13). Calculadora · Todas las guías.

Última verificación de los datos normativos: . Fuentes: Real Decreto 694/2017, Ley 30/2015 y FUNDAE.