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Formación bonificada FUNDAE y cursos SEPE, explicada con cifras verificadas

Calcula el crédito de formación de tu empresa, conoce los plazos y los pasos, y encuentra especialidades del catálogo del SEPE por sector. Guía independiente, sin cobros ni trámites.

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En una frase: cada empresa dispone de un crédito anual de formación que hace efectivo como bonificación en sus cotizaciones a la Seguridad Social, a medida que comunica la finalización de cada grupo formativo; la cantidad depende del tamaño de su plantilla. Leer la guía.

Las cifras clave

PlantillaBonificaciónCofinanciación mínima
1-5 trabajadoresMínimo de 420 €Exentas
6-9 trabajadores100 %5 %
10-49 trabajadores75 %10 %
50-249 trabajadores60 %20 %
250 o más trabajadores50 %40 %

Comunicación de inicio: hasta dos días antes. Documentación: cuatro años. Fuente: FUNDAE y Real Decreto 694/2017, verificados el 13/10/2026.

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Qué encuentras en las webs hermanas

Esta web trata la bonificación y las obligaciones de la empresa. El catálogo completo, con la ficha de cada una de sus 7.582 especialidades, está en cursossepeoficiales.com; la guía de cómo estudiar a distancia (modalidades, requisitos técnicos, cómo elegir plataforma), en cursossepeonline.com.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la formación bonificada?

Es la formación programada por las empresas, cuyo coste se hace efectivo mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, dentro de un crédito anual.

¿Cómo se calcula el crédito?

Aplicando a la cuota de formación profesional ingresada el año anterior un porcentaje que depende de la plantilla: 100 % de 6 a 9 trabajadores, 75 % de 10 a 49, 60 % de 50 a 249 y 50 % de 250 en adelante; mínimo de 420 € para 1 a 5.

¿Cuánto debe aportar la empresa?

Cofinanciación mínima: 5 % de 6 a 9 trabajadores, 10 % de 10 a 49, 20 % de 50 a 249 y 40 % de 250 en adelante; exentas las de 1 a 5.

¿Con cuánta antelación hay que comunicar el inicio?

Hasta dos días antes de la fecha de comienzo del grupo, y un día antes para cambios o cancelaciones.

¿Hasta cuándo puedo aplicar la bonificación?

Hasta el último día hábil de presentación del recibo de cotizaciones de diciembre del ejercicio.

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Última verificación de los datos normativos: . Fuentes: Real Decreto 694/2017, Ley 30/2015 y FUNDAE.